En procedimiento parlamentario es la mitad más uno de las personas que intervienen en una votación. Se diferencia de la mayoría absoluta en que en ésta es la mitad más uno de los componentes de una colectividad, en tanto en la mayoría simple no se establece por el número de componentes del cuerpo, sino de quienes participan en la votación, bien sea que voten afirmativamente, negativamente, o se abstengan. Mayoría simple no debe confundirse con pluralidad de votos que es el mayor número de votos en un mismo sentido frente al número de votos en sentido opuesto, sin que se tome en cuenta el número de componentes de la colectividad ni el número de votantes. (GARZARO).
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