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I

IDENTIFICACION POLITICA
IDEOLOGIA POLITICA
IMAGEN, ANALISIS DE LA
IMAGINARIO POLITICO
IMPOSICION
IMPUGNACION
INCONFORMIDAD
INDEPENDIENTES
INDULGENCIA, EFECTO DE
INELEGIBILIDAD
INFERENCIA
INFILTRADO
INFLUENCIA
INGENIERIA ELECTORAL
INICIATIVA
INOCULACION, HIPOTESIS DE LA
INSACULACION
INSIGNIA
INTERES
INTERES NACIONAL
INTERES PUBLICO
INTOLERANCIA
IZQUIERDA
IZQUIERDA NUEVA

 
  Adquiera  


INTERES PUBLICO
Existen dos concepciones distintas:

a. Es el interés común de las personas en su capacidad de miembros de lo que es público.
b. Es la agregación de los intereses individuales de las personas que se ven afectadas por una acción política determinada.

Entre ellas hay un gran contraste porque hay mucha diferencia entre un interés común y una agregación de los intereses individuales. El interés común es un interés compartido, mientras una agregación de intereses individuales depende de una valoración del equilibrio que pueda establecerse de la posición de cada uno de los individuos considerados aisladamente.

El tema del interés público plantea varios tipos de escepticismo. Algunos consideran que no existe un significado consistente del concepto. Otros piensan que si existiera, sería imposible identificar en la práctica en dónde se encuentra el interés público, es decir, sería difícil saber qué política se ajustaría a él. Otros más han dudado acerca de si las prácticas y las instituciones modernas realmente actúan bajo los principios del interés público.

La teoría de la decisión pública ve con escepticismo este concepto porque duda acerca de la posibilidad de definir adecuadamente quienes constituirían el público al que se refiere ese interés, dado que éste podría tener diversas expresiones conforme a su contexto. Por ejemplo, es distinto el interés público en materia de seguridad en un aeropuerto que en un estadio. De modo que una primera formulación consideraría que todas las personas comparten un interés como miembros potenciales no especificados de un público y sin que se sepa exactamente quienes serían los afectados, dado que todos pueden ser probables usuarios de ese aeropuerto o estadio. Un segundo planteamiento enfocaría el problema desde el punto de vista del costo beneficio, y señalaría que el interés público no puede ser más de la suma de los intereses de los individuos relevantes en una situación concreta, de modo que el interés público se definiría en función de las ganancias y pérdidas que resultan de la aplicación de una medida determinada, en este caso, la seguridad aeroportuaria o del estadio.