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Senador por Nuevo México Carl Atwood Hatch. (1889 - 1963) impulsor de las leyes que llevan su nombre

 

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HATCH, LEYES

Son leyes norteamericanas promovidas por el senador demócrata de Nuevo México Carl Hatch y aprobadas en 1939 y 1940, que limitaron drásticamente la participación política de los empleados públicos federales. En 1974, una nueva ley hizo extensivas esas limitaciones a los empleados que trabajaran en proyectos financiados con fondos federales.

En Estados Unidos, desde finales del siglo XIX (1883), se había creado el servicio civil que sacaba a los empleados gubernamentales de la contienda partidista, pero en la época de Hatch, debido al crecimiento del empleo público motivado por el New Deal, muchos trabajadores quedaban al margen del mismo. Las leyes Hatch trataron de evitar una nueva partidización de esos empleados y de limpiar al sistema electoral de campañas apoyadas desde el gobierno, al prohibir al personal público la participación activa en puestos de mando partidista y en toda actividad de campaña, así como la presión partidista sobre los empleados públicos, el clientelismo y la aportación para los partidos de fondos provenientes de contratistas gubernamentales.

AConforme a estas leyes, las actividades políticas que se permiten a los empleados públicos se mantienen dentro del ámbito individual y privado, siempre que no comprometan su eficiencia e integridad como trabajadores, ni tampoco la neutralidad partidista, la eficiencia y la integridad de la dependencia a la que pertenecen. Así, a título personal un funcionario puede expresar opiniones acerca de políticas y candidatos, ser miembro de organizaciones políticas, contribuir con fondos a su sostenimiento, portar sus símbolos y asistir a los actos que éstas organicen, como convenciones y mítines; también puede tomar parte en actividades cívicas, sociales y comunitarias que no tengan un carácter partidista. Asimismo pueden participar en elecciones no partidistas.

Sin embargo, los servidores públicos tienen prohibido difundir sus posiciones electorales, realizar actividades de campaña y , desde luego, usar su puesto para influir en los resultados electorales. En consecuencia, no pueden participar en la nominación de candidatos; solicitar votos a favor o en contra de los mismos; apoyar o atacar a candidatos de manera pública mediante publicaciones o emisiones de radio y de televisión, por ejemplo; desempeñar cargos en los partidos o aceptar candidaturas para ellos; fungir como delegados en las convenciones partidistas ni dirigir reuniones en apoyo o en contra de candidatos; organizar o reorganizar partidos o agrupaciones políticas; presentarse como candidato a puestos de elección popular; participar en actos de colecta de fondos a favor de partidos o candidatos; realizar actividades de campaña; promover la votación entre los electores; solicitar, recibir o manejar recursos de cualquier índole destinados a propósitos partidistas; así como usar los recursos financieros, materiales y humanos a su cargo, la prestación de los servicios públicos y en general, su autoridad oficial, a favor de partidos o candidatos. En estricto sentido, y como existe un servicio civil, sólo quienes están en la nómina de la Casa Blanca, son regidos por estatutos militares o tienen un puesto que haya requerido de la confirmación del Senado se encuentran libres de estas prohibiciones .

Algunas de estas actividades pueden ser consideradas por la ley como delitos electorales, la mayoría se castiga con la suspensión temporal del desempeño del puesto o la remoción del mismo.

La filosofía de estas leyes, quedó expresada en las palabras de Hatch: "Debe ser ilegal para cualquier persona empleada en cualquier puesto por los Estados Unidos, o por cualquier departamento, agencia independiente u otra agencia de los Estados Unidos...usar su autoridad oficial con el propósito de interferir o afectar la elección o nominación de cualquier candidato".

En 1993, las leyes Hatch fueron revisadas para ampliar la participación política de los empleados públicos: hoy se permite a los trabajadores federales ser delegados a las convenciones nacionales de los partidos, figurar como candidatos para algunos puestos locales nopartidistas y realizar otras actividades políticas como tomar parte en algunos actos de campaña. De cualquier modo, el debate continúa, para unos se niega a los empleados públicos el derecho a la expresión política que se garantiza a cualquier ciudadano; para otros se evita que los puestos públicos se utilicen a favor o en contra de la elección de un candidato.

AEn México, la revolución no instauró el servicio civil para que "los trabajadores del Estado probasen su lealtad y adhesión a la causa de nuestro movimiento social, demostrasen su aptitud y honradez y se perfeccionaran en su vocación de servir a las instituciones", según lo expresó Abelardo de la Torre durante el debate del Apartado B del Articulo 123 Constitucional. Por eso, la burocracia se incorporó al partido dominante desde su fundación; desde el punto de vista administrativo, durante varias décadas se fue integrando el actual sistema de personal vigente, calificado como "servicio civil limitado o incipiente", por Adriana Hernández (Administración y Desarrollo de Personal Público) pues no incluyó a quienes ocupaban roles directivos por ser personal de "confianza", y que son realmente quienes integran la burocracia gobernante.

Según Greenberg (Bureaucracy and Deveploment) el reclutamiento para los puestos públicos ha sido resultado de una lucha continua entre las necesidades del sistema político y los requerimientos de personal técnicamente calificado. Pero hay evidencias de que los intereses personales, de grupo y familiares han sido más importantes que el conocimiento, la capacidad o la experiencia, y aun más que la misma militancia partidista, como señala Margarita Chávez (El Servicio Civil de Carrera en la Administración Pública Mexicana). En las últimas décadas, el personal de "confianza" empleado en algunas actividades, como el servicio exterior, ha comenzado a sujetarse a leyes específicas que norman su ingreso y promoción conforme a méritos y capacitación constante. Sin embargo, no se ha creado el servicio civil y aun los mismos sistemas profesionales, como el servicio exterior citado, se han visto rebasados sistemáticamente por nombramientos políticos.

Si bien la legislación mexicana ha incorporado algunas prohibiciones similares a las contempladas por las leyes Hatch, la cuestión de fondo es que la nueva competitividad electoral y la alternancia en el gobierno federal de los partidos, así como en algunos estados, obligan a replantear la necesidad del establecimiento de un servicio civil más acorde a los nuevos tiempos de la democracia.